Enriquecimiento sin
causa.
Fundamento Legal:
Artículo 1184 Aquél que se enriquece sin causa en
perjuicio de otra persona, está obligado a Indemnizarla dentro del límite de su
propio enriquecimiento, de todo lo que aquélla se haya empobrecido.
Noción del
Enriquecimiento sin causa.
Se basa fundamentalmente en la idea de que nadie puede
enriquecerse a costa de otro sujeto de derecho a menos de que el
enriquecimiento tenga algún motivo o causa que sea contemplada por el derecho.
Se pueden pasar bienes del patrimonio de un titular al
patrimonio de otro siempre que dicho traslado de bienes ocurre sin que exista
un motivo jurídico, estamos en presencia de un enriquecimiento sin causa.
Requisitos de la
acción por el enriquecimiento sin causa:
1) Enriquecimiento: consiste en todo
aumento del patrimonio del enriquecido o demandado, ese enriquecimiento o
aumento del patrimonio debe hacerse consolidado en la persona del enriquecido
para el momento de intentarse la acción.
2) Un Empobrecimiento: consiste en toda
disminución del patrimonio de una persona pudiendo efectuarse mediante una
disminución del activo.
3) Relación de Causa a efecto del empobrecimiento:
en necesario un vinculo de causalidad entre el empobrecimiento y el
enriquecimiento relación en la cual el empobrecimiento desempeña la causa del
enriquecimiento la función de efecto.
La disminución de patrimonio experimentada por el empobrecimiento va a convertirse en el incremento del patrimonio
experimental por el enriquecido
4) Ausencia de causa: se entiende por
enriquecimiento debe carecer de causa que lo justifique
5) Calculo de la indemnización: El
articulo 1184 fija la extensión de la reparación al ordenar que el
enriquecimiento deberá indemnizar al empobrecido ‘’ dentro del límite de su
enriquecimiento de todo lo que ella se haya empobrecido
Proporcional: Todo
pago produce un enriquecimiento sin causa, Pero no todo enriquecimiento produce
un pago.
El efecto de un pago de lo indebido es un enriquecimiento
sin causa
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